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Procedimientos de control de las fusiones en la UE
La base jurídica del control de concentraciones de la UE es el Reglamento (CE) nº 139/2004 del Consejo, el Reglamento de concentraciones de la UE. El reglamento prohíbe las fusiones y adquisiciones que afectan negativamente la competencia en la UE.
¿Qué fusiones revisa la UE?
En principio, la Comisión solo examina fusiones más grandes con una dimensión de la UE, lo que significa que las empresas que se fusionan alcanzan determinados umbrales de volumen de negocios. Hay dos formas alternativas de alcanzar los umbrales de volumen de negocios para la dimensión de la UE.
La primera alternativa requiere:
(i) un volumen de negocios mundial combinado de todas las empresas fusionadas superior a 5000 millones de euros, y
(ii) un volumen de negocios en toda la UE para cada una de al menos dos de las empresas superior a 250 millones de euros.
La segunda alternativa requiere:
(i) un volumen de negocios mundial de todas las empresas fusionadas superior a 2500 millones de euros, y
ii) un volumen de negocios combinado de todas las empresas fusionadas superior a 100 millones de euros en cada uno de al menos tres Estados miembros,
(iii) un volumen de negocios de más de 25 millones de euros para cada una de al menos dos de las empresas en cada uno de los tres Estados miembros incluidos en ii, y
(iv) Volumen de negocios en la UE de cada una de al menos dos empresas de más de 100 millones de euros.
En ambas alternativas, la dimensión de la UE no se cumple si cada una de las empresas archiva más de dos tercios de su volumen de negocios en toda la UE en un mismo Estado miembro. Cada año se notifican a la Comisión alrededor de 300 fusiones.
Las fusiones más pequeñas que no tengan una dimensión de la UE pueden, en cambio, ser competencia de las autoridades de competencia de los Estados miembros. Existe un mecanismo de remisión que permite a los Estados miembros y la Comisión transferirse el caso entre ellos, tanto a petición de las empresas implicadas como de los Estados miembros. Esto permite a las empresas beneficiarse de una revisión integral y asignar el caso a la autoridad más adecuada.
Notificaciones a la Comisión
La Comisión debe ser notificada de cualquier fusión con una dimensión de la UE antes de su implementación. Las empresas pueden ponerse en contacto con la Comisión de antemano para ver cómo preparar mejor su notificación. Existen plantillas preparadas previamente que se utilizan para notificar sus fusiones, según la complejidad del caso.
Si las empresas que se fusionan no operan en el mismo mercado o en mercados relacionados, o si solo tienen cuotas de mercado muy pequeñas que no alcanzan los umbrales de cuota de mercado especificados, la fusión normalmente no dará lugar a problemas de competencia importantes: la procedimiento, que implica un control de rutina.
Los umbrales de participación de mercado son: 15% de participación de mercado combinada en cualquier mercado en el que ambos compitan, o 25% de participación de mercado en mercados relacionados verticalmente.
Tenga en cuenta que a veces un «mercado» puede involucrar áreas comerciales relativamente estrechas, tanto en términos de productos como de áreas geográficas.
Por encima de esos umbrales de cuota de mercado, la Comisión lleva a cabo una investigación completa.